El País, 12-03-2013. Los inmigrantes que sean devueltos a su país, a los que no se les permita la entrada en España por un incumplimiento administrativo, no tendrán que cumplir el período de expulsión de tres años que hasta ahora marcaba la Ley de Extranjería. Así lo ha determinado el Tribunal Constitucional en una sentencia en la que ha estimado parcialmente un recurso presentado por el Parlamento vasco en 2003.
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